SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1464/2004-R

Fecha: 13-Sep-2004

procedente

Acto seguido, a través de la Resolución de 30 de abril de 2004, cursante de fs. 129 a 132, declaró procedente el recurso con referencia al derecho de petición, e improcedente en cuanto a la seguridad jurídica, al derecho al trabajo y a la nulidad de la OM 03/2004, así como contra el recurrido Pedro Quinteros Parra, con los siguientes argumentos:

a)   La OM 07/98 fue tachada de nula de pleno derecho argumentando que fuera inexistente porque no se encuentra registrada en el Libro Oficial del Consejo Municipal de Tiraque, en consecuencia, al ser anómala por no haberse seguido los pasos para que la Resolución surta efecto legal, y estando cuestionada su existencia no puede otorgarse la tutela solicitada, llamando la atención que no obstante argumentarse la inexistencia del acto señalado, por OM 03/2004 se haya dispuesto su abrogatoria con el argumento de haber sido emitida en fecha distinta a la sesión ordinaria del Concejo.

b)  Respecto al recurso de revocatoria de la Ordenanza Municipal planteada ante el Concejo por memorial de 9 de febrero de 2004, se acredita que la misma no fue providenciada, como era obligación de los recurridos aunque no se haya hecho referencia al recurso apropiado establecido en el art. 22 de la LM, restringiendo con ello el derecho a petición de los actores, aclarando que dicha vía de reconsideración los recurrentes la tienen abierta, no siendo el amparo sustitutivo de la misma.