SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0093/2005-R

Fecha: 28-Ene-2005

II.4.

II.4.  Mediante las certificaciones de 13 y 20 de abril de 2004 expedidas por la notaria de Fe Pública de Segunda Clase de Puna Ruth Calvimonte Subieta (fs. 38 y 39) se evidencia que los concejales recurrentes no pudieron ingresar a las sesiones que se celebraban en el Concejo Municipal en esas fechas, porque “la puerta principal de la Alcaldía Municipal de Puna se encontraba asegurada por dos candados envueltos por una cadena y en la parte externa tapada con una bandera grande nacional, resguardada por los curacas…” (sic.).