Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1265/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.7.
II.7. Por Auto de 10 de enero de 2005 (fs. 293) el Juez de Instrucción en lo Penal dispuso la remisión de antecedentes a la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que fueron recibidos el 13 de enero del mismo año (fs. 294 vta.) procediéndose en la misma fecha al sorteo de la causa (fs. 295).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- b)
- d)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- para que en el plazo de tres días contesten el recurso y, en su caso acompañen y ofrezcan prueba” (sic).
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1.
- Cuando el recurrente intente producir prueba en segunda instancia, la acompañará y ofrecerá junto con el escrito de interposición
- Si alguna de las partes ha ofrecido prueba y el tribunal la estima necesaria y útil, señalará audiencia oral dentro de los quince días
- III.2.
- III.3.