SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0038/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0038/2005

Fecha: 21-Jun-2005

el art. 29 del DS 25514, al introducir un plazo para   intimar la entrega del  bien,  ha modificado lo dispuesto por el art. 33 de la LAPCAF a  la que se remite, extremo que  atenta contra el  art. 29 de la CPE

Conforme ya se ha puntualizado en el apartado III.4.1 de esta Sentencia, el art. 29 del DS 25514, al introducir un plazo para   intimar la entrega del  bien,  ha modificado lo dispuesto por el art. 33 de la LAPCAF a  la que se remite, extremo que  atenta contra el  art. 29 de la CPE, por ser solamente el Poder Legislativo el órgano facultado a determinar procedimiento judiciales.  Por ello,  no se encuentra justificación jurídico legal alguna que  permita mantener esta última parte del art. 13 del DS 25959 cuando remite a la  norma del art. 29 del DS 25524, que en lo pertinente al tema,  es contraria al art. 29 de la CPE.