Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0699/2005 - R
Fecha: 22-Jun-2005
II.12.
II.12. En la audiencia de lectura de Sentencia de 19 de mayo de 2004, el abogado defensor sólo hizo acto de presencia, la Sentencia declaró a Mario Bustamante Oña, autor y culpable de la comisión de los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estelionato, condenándolo a la pena de seis años de reclusión, con lo que el defensor de oficio de Mario Bustamente Oña, fue notificado el 19 de mayo de 2004, (fs. 479).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”