SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0699/2005 - R
Fecha: 22-Jun-2005
recurso de hábeas corpus
En revisión, la Resolución cursante a fojas 523 vta. a 524 vta.0 pronunciada el 5 de mayo de 2005 por la Sala Civil Primera del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el recurso de hábeas corpus interpuesto por Pablo Nils Vladimir Valdez Molina, en representación sin mandato de Mario Bustamante Oña contra G. Melfi Saucedo Chávez, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal Liquidadora, Walter Velez Añez Juez Primero de Partido en lo Penal, Adhemar Fernández Ripalda y Edgar Molina Aponte, vocales de la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Santa Cruz, alegando vulneración de los derechos a la libertad, a la seguridad jurídica, a la defensa, la garantía del debido proceso y el principio de legalidad previstos en los arts. 6.II, 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”