Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0699/2005 - R
Fecha: 22-Jun-2005
II.15.
II.15. El 2 de octubre de 2004, se libró el mandamiento de condena instruyendo al Comandante de la Policía la aprehensión del condenado Mario Bustamante Oña, el mismo que no fue ejecutado por desconocerse su paradero ( fs. 501 y vta.), por lo que el 28 de octubre de 2004, se emitió nuevo mandamiento de condena con facultades de allanamiento lo que fue notificado mediante edictos (Fs.511 a 514 ).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad”