SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0706/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0706/2005-R

Fecha: 22-Jun-2005

III.1.

III.1. En principio es necesario recordar que el recurso de hábeas corpus tiene por finalidad otorgar protección inmediata y efectiva al derecho a la libertad física o de locomoción en aquellos casos en los que sea restringido o suprimido mediante actos ilegales o indebidos; consiguientemente, conforme a las normas previstas por los arts. 18 de la CPE y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a través de este recurso se protege únicamente, el derecho fundamental a la libertad  frente a las detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos.

En ese marco normativo, la jurisprudencia constitucional ha sido uniforme al determinar que “la protección que brinda el Recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes”. En ese sentido, se han pronunciado las SSCC 024/2001-R, 132/2004-R, 934/2004-R, 1455/2004-R, 1830/2004-R, 1865/2004-R, entre muchas otras.