SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0773/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0773/2005-R

Fecha: 07-Jul-2005

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 15 de octubre de 2004, cursante de fs. 60 a 61, los recurrentes aseveran ser propietarios del local Salón de Fiestas “La Paz”. En mérito a las acusaciones de los vecinos ante las autoridades por el uso de música al vivo, por peleas, escándalos, atentados contra la moral y por un supuesto funcionamiento de un lenocinio camuflado y sin que exista ninguna declaración que evidencie esos extremos, la autoridad recurrida clausuró el local sin seguir un trámite previo, pues no fueron notificados con ninguna demanda o trámite administrativo, pese a que en el acta de clausura se hizo referencia al art. 308 inc. 2) del Código tributario (CTb) cuya aplicación requiere del trámite previsto por el art. 304 del mismo cuerpo legal, sin que en el caso de autos se hubiera realizado.