SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0773/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0773/2005-R

Fecha: 07-Jul-2005

III.2.1. Sobre el ruido y  su incidencia en el derecho a la salud

            El término ruido, conforme al Reglamento a la Ley del Medio Ambiente, en materia de contaminación atmosférica, debe ser entendido como “todo sonido indeseable que moleste, perjudique o afecte la salud de las personas, o que tenga efectos dañinos en los seres vivos”. En otros términos, el ruido hace referencia a la contaminación sonora, a los sonidos molestos que pueden producir efectos fisiológicos y psicológicos nocivos para una persona o para un grupo de personas.