SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2006-R

Fecha: 21-Nov-2006

Fragmento 22

Posteriormente, por memorial de 22 de abril de 2005, la recurrente interpuso recurso de apelación, argumentando que fue declarada heredera, que después del divorcio fueron concubinos por más de diez años, que al contar con un seguro en la Caja Nacional no fue necesario afiliarse a COSSMIL y que correspondía la aplicación del segundo párrafo de la Resolución Secretarial 10.0.0.087. Además, en la fundamentación de 30 de septiembre de 2005, la recurrente expresó que el Departamento de Trabajo Social de COSSMIL a través de una de sus dependientes se hizo presente en su domicilio para constatar que tenía vida familiar y compartía como conviviente con su esposo por más de diez años, destacando que no cursaban los respectivos informes en el expediente.