SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1173/2006-R

Fecha: 21-Nov-2006

II.10.

II.10. Por Auto de Vista 11, de 16 de diciembre de 2005, (fs. 33 a 34), la Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar, confirmó la Resolución 1414, con los siguientes argumentos: i) en antecedentes cursa una fotocopia de matrimonio entre Rodolfo Delgadillo Gallegos y Nilda Julieta Monje Sanjinez, y no existe ningún documento de divorcio; ii) el asegurado figura como divorciado; iii) no existe ningún documento que acredite que la recurrente esté afiliada a COSSMIL; iv) el matrimonio de la recurrente se celebró un día del antes del fallecimiento del asegurado, por lo que no cumple con los requisitos exigidos por el art. 100 de la Ley de Seguridad Social Militar, al no estar inscrita en los registros de COSSMIL por lo menos un año antes del deceso, disposición que concuerda con el art. 32 de la Resolución Secretarial 10.0.0.087, por lo que resulta improcedente la solicitud conforme las referidas disposiciones y al art. 1107 del CC.