SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2006-R

Fecha: 12-Dic-2006

2006-13395-27-RAC

En revisión las Resoluciones, de 8 de febrero de 2006, cursante de fs. 278 vta. a 279  vta. del expediente 2006-13395-27-RAC, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Humberto Monasterio Iglesias contra Jaime Solíz Phiel y Rolando Cuellar Zarco, Fiscales de Distrito y de Materia, respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la defensa, previstos por los arts. 7 inc. a) y  16 de la Constitución Política del Estado (CPE); de 14 de febrero 2006, cursante a fs. 228 a 230 vta. del expediente 2006-13410-27-RAC pronunciada por la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Humberto Monasterio Iglesias contra Rolando Cuellar Zarco, Fiscal de Materia,  denunciando la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la petición, consagrados en los arts. 7 incs. a) y h), 16.II y IV de la CPE; y la de 18 de agosto de 2006, de fs. 198 y vta. del expediente 2006-14481-29-RAC, pronunciada  por la Sala Civil Primera del mismo Distrito, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Humberto Monasterio Iglesias contra Jaime Solíz Phiel y Rolando Cuellar Zarco, Fiscales de Distrito y de Materia de ese Distrito, respectivamente, denunciando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la defensa, a la petición y a la inviolabilidad de los procedimientos judiciales, previstos por los arts. 7 incs. a), h) y 16.II y IV y 29 de la CPE.