Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1271/2006-R
Fecha: 12-Dic-2006
I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A solicitud del Magistrado Relator por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979, de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional 178/2006, de 20 de noviembre (fs. 288), se procedió a ampliar el plazo procesal en la mitad del término principal, siendo la fecha de nuevo vencimiento el 19 de diciembre de 2006, por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- 2006-13395-27-RAC
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- deniega
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.3.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 12
- I.3.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 14
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- expediente 2006-13395-27-RAC.
- expediente 2006-13410-RAC.
- expediente 2006-14481-RAC.
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 25
- III.3.
- “denegado”