SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2006
Fecha: 18-Abr-2006
Fragmento 19
Para la adecuada contrastación de la norma cuestionada con los preceptos constitucionales supuestamente vulnerados, es necesario desarrollar éstos, conocer cómo fueron interpretados en esta jurisdicción y cuál el sentido de su mandato; al efecto, es importante conocer cómo la jurisprudencia constitucional concibe dichas normas, pues uno de los objetos de la justicia constitucional es procurar una interpretación uniforme de las normas constitucionales, de tal manera que cumpliendo esa función, no es admisible que existan otras interpretaciones destinadas a favorecer o respaldar la tesis del demandante de la inconstitucionalidad de una norma, o de la autoridad que emitió la misma; de esa manera, se sientan bases suficientes para la aplicación de las normas constitucionales, en forma tal que se refleje la voluntad del constituyente, evitando interpretaciones destinadas a favorecer eventualmente a intereses particulares o grupales, generando de esa manera una constitución material aplicada en el alcance que el constituyente quiso otorgarle, de manera uniforme a todos los habitantes del Estado que se encuentran sujeto a sus normas.
- recursos indirectos o incidentales de inconstitucionalidad
- I.1.1 Relación sintética del recurso
- rechazó
- a)
- Fragmento 5
- I.2.1. Relación sintética del recurso
- I.2.2. Trámite procesal del incidente y Resolución de la autoridad administrativa
- I.2.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- I.3.1. Relación sintética del recurso
- I.3.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- I.4. Trámite procesal de los tres recursos en el Tribunal Constitucional
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.2.1.
- II.3.
- III. . FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- III.2.2. El art. 7 incs. a) y d) de la CPE los derechos a la seguridad jurídica y al trabajo
- III.2.3. El art. 16 de la Constitución
- i)
- III.2.5. El art. 228 de la Constitución
- III.2.6. El art. 229 de la Constitución
- .
- III.3. El juicio de constitucionalidad
- calificación de delito en proceso disciplinario
- III.4.
- III.5.
- Fragmento 32
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- Fragmento 37