SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0425/2006-R

Fecha: 05-May-2006

a fin de subsanar los defectos de carácter formal, en el plazo de 48 horas de su notificación

3)   Por decreto de 13 de enero de 2006, el vocal Armando Cardozo Saravia, señalando que a tiempo de formular el recurso de amparo se hizo mención a la documentación adjunta que no cursa en obrados; que tampoco se presentó la Resolución Judicial impugnada y menos, se señaló el nombre del posible tercero interesado ni su domicilio, dispuso la notificación a la recurrente “a fin de subsanar los defectos de carácter formal, en el plazo de 48 horas de su notificación”; es decir, con dicha actuación procesal defectuosa nuevamente se otorgó a la recurrente, un plazo cuando ya no correspondía; realizándose la respectiva notificación el 24 de enero de 2006 (fs. 41); a cuya consecuencia, la actora por memorial presentado el 26 de enero de 2006, señaló haber subsanado las -últimas- observaciones realizadas (fs. 52); dictándose de esta manera, el Auto de admisión del recurso de amparo el 27 de enero de 2006 (fs. 53 y vta.).