SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2006

Fecha: 01-Jun-2006

no

  Concluido el rol de oradores, la Presidenta del Senado dispuso la votación señalando que los congresistas que estén de acuerdo con la ampliación del juicio de responsabilidades digan si y los que no estén de acuerdo digan no (fs. 89 a 90). Concluida la votación el Secretario de Senadores informó que  emitieron su voto 14 Senadores, 13 por el no y uno por el si. Por su parte, la secretaria de Diputados informó que votaron 80 diputados, setenta por el no y 10 por el si, totalizando, el Secretario Senador expresó que votaron ochenta y tres congresistas por el no y 11 por el si (fs. 93); es decir, que votaron 94 congresistas.

La Presidenta del Senado, a continuación dispuso se proceda a la votación correspondiente, en la que participaron 14 Senadores (13 por el no y uno por el si) y 80 diputados (setenta por el no y 10 por el si), lo que significa que votaron solamente 94 congresistas, aprobándose la Resolución Congresal 007/05-06, de 8 de diciembre de 2005, a través de la cual el Congreso Nacional resolvió no autorizar a la Corte Suprema de Justicia la ampliación del juicio de responsabilidades contra el ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada Bustamante y su Gabinete ministerial, conformado por los ex ministros Carlos Saavedra Bruno, Carlos Sánchez Berzaín, Yerko Andrés Kukoc del Carpio, Javier Torres Goitia Caballero, Hugo Carvajal Donoso, Guido Añez Moscoso, Adalberto Kuajara Arandia, Dante Pino Archondo, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Mirtha Quevedo Acalinovic, Javier Comboni Salinas, Carlos Morales Landívar, Jorge Berindoague Alcocer, José Guillermo Justiniano Sandoval y Jorge Torres Obleas. Asimismo, tampoco autorizó la ampliación del juicio de responsabilidades autorizado por la Resolución Congresal 004/04-05, de 14 de octubre de 2004, en contra de los ciudadanos Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Rubén Ferrufino Goitia, José V. Barragán Bauer que fungieron como ministros a.i. durante octubre de 2003, con el fundamento de no haberse obtenido los dos tercios de voto afirmativo del total de los miembros del Congreso Nacional.