Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2006
Fecha: 05-Jun-2006
a)
a) Se dejó sin efecto la Resolución Municipal HCMS/003/2006, de 12 de enero, emitiéndose al efecto, la Resolución Municipal HCMS/005/2006, de 20 de enero, con el argumento de que el art. 14.III de la LM, establece que el Concejo Municipal debe elegir la directiva del Concejo Municipal durante cada gestión, siendo que el año 2005 se conformó la directiva el 15 de enero y por consiguiente, la nueva directiva debía ser posterior a la indicada fecha. (fs.11).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- a)
- c)
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.2.1. Organización, competencia y atribuciones
- I
- 2)
- III.2.2.Validez de las sesiones y resoluciones del Concejo Municipal
- III.2.3. Ejercicio del cargo de Concejal
- III.2.4.Voto constructivo de censura
- Fragmento 22
- concejal titular en ejercicio
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.3.3. Competencia del Concejo Municipal de Sorata para la elección de su Directiva y emisión de las Resoluciones impugnadas