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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2006
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2006

    Fecha: 05-Jun-2006

    II.5.

    II.5.   El 18 de enero de 2006, el Presidente del Concejo Municipal de Sorata, convocó a todos los concejales titulares y suplentes a la sesión de 20 de enero, para considerar entre otros puntos, la abrogación de la Resolución 003/2006, de 18 de enero, la elección de la directiva del Concejo Municipal 2006 y la lectura de la moción de censura constructiva, constando que recibieron la referida convocatoria los Concejales Jaime Chino Quispe, Serapio Uri Ticona y Guillermina Poma. (fs.43).

    • recurso directo de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • a)
    • c)
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
    • III.2.1. Organización, competencia y atribuciones
    • I
    • 2)
    • III.2.2.Validez de las sesiones y resoluciones del Concejo    Municipal
    • III.2.3. Ejercicio del cargo de Concejal
    • III.2.4.Voto constructivo de censura
    • Fragmento 22
    • concejal titular en ejercicio
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • III.3.3.   Competencia del Concejo Municipal de Sorata para la elección de su Directiva y emisión de las Resoluciones impugnadas

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