Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2006
Fecha: 05-Jun-2006
II.7.
II.7. En la sesión extraordinaria de 23 de enero (fs. 62 vta. a 63 vta.) se procedió con la verificación del cumplimiento del art. 51 de la LM, para dar lectura a la moción de censura y aprobarla mediante Resolución Municipal RCMS/007/2006, de 23 de enero (fs. 51 a 52), lo que fue puesto a conocimiento del recurrente a través del oficio HCMS - 012/2006, de 23 de enero (fs.53).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- a)
- c)
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.2.1. Organización, competencia y atribuciones
- I
- 2)
- III.2.2.Validez de las sesiones y resoluciones del Concejo Municipal
- III.2.3. Ejercicio del cargo de Concejal
- III.2.4.Voto constructivo de censura
- Fragmento 22
- concejal titular en ejercicio
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.3.3. Competencia del Concejo Municipal de Sorata para la elección de su Directiva y emisión de las Resoluciones impugnadas