SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0919/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0919/2006-R

Fecha: 18-Sep-2006

Fragmento 22

Así, es necesario señalar que este Tribunal, en un análisis desde y conforme a la Constitución, en la SC 0129/2004, de 10 de noviembre, refiriéndose al principio constitucional del Estado Social y Democrático de Derecho, como aquel Estado que se caracteriza por la sujeción de los poderes públicos y los ciudadanos al ordenamiento jurídico y a la norma fundamental de ese orden superior que expresa y garantiza unos valores que, desde el punto moral y político se consideran básicos para la convivencia social, reiterando lo establecido en la SC 101/2004, de 14 de septiembre, entre otras, estableció lo siguiente: Esta noción de Estado de Derecho, responde a una determinada concepción filosófica del hombre y de la comunidad política -el Estado como ente racional al servicio del individuo- que se constituye en un sistema de vida en libertad, que se configura bajo la idea de: a) separación de los poderes estatales; b) sometimiento de todos los poderes al orden constitucional y a las leyes; c) sujeción de la administración a la ley y control judicial; d) reconocimiento jurídico formal de una serie de derechos, libertades y garantías fundamentales.