SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0919/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0919/2006-R

Fecha: 18-Sep-2006

podrá acudir a esas instancias en orden ascendente,

Así lo estableció la SC 1429/2002-R, de 25 de noviembre, señalando que “(...)la Universidad Mayor de San Andrés cuenta con un Estatuto Orgánico donde se establecen diferentes instancias, lo cual implica que el docente, alumno o cualquier persona que considere lesionados sus derechos fundamentales o precise de la rectificación de un acto o resolución celebrado o dictado por autoridades de la Universidad, podrá acudir a esas instancias en orden ascendente, y sólo cuando agote las mismas, siempre que no se diera curso a su petición o se la negara sin fundamento legal alguno, se podrá acudir a la jurisdicción constitucional” (las negrillas son nuestras).