SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0919/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0919/2006-R

Fecha: 18-Sep-2006

III.2.3.

III.2.3.  En el caso de examen, el recurrente en el primer punto demandado,   denuncia que las autoridades recurridas, en su condición de miembros del Consejo Universitario de la UPEA, lesionaron su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso, por cuanto  la Resolución 09/2005 de 11 de octubre, por la cual le impusieron la sanción de veto universitario, fue aprobada por el Consejo Universitario sin la observancia de las normas previstas en el Estatuto Orgánico de la UPEA, esto es, sin el quórum requerido, permitiendo el ingreso de personas ajenas al mismo, no se incluyó en el orden del día de la Asamblea del Consejo Universitario el veto a ningún docente, sin que reúna los presupuestos previstos en el art. 60 de dicho Estatuto que hagan viable el veto. Asimismo, señala que ni el Consejo de Carrera ni la Asamblea Docente-Estudiantil solicitaron el veto en su contra y que la Resolución no fue publicada en la Gaceta Universitaria, por lo tanto no está vigente; para finalmente aseverar que la indicada resolución es nula, por cuanto fue desconocida y dejada sin efecto  por la Resolución de la magna Asamblea General Docente-Estudiantil de la UPEA de 19 de septiembre; así como por la Asamblea ordinaria y extraordinaria de docentes, de 7 y 14 de septiembre de 2005.