SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2007-R

Fecha: 09-Feb-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes acusan que las autoridades recurridas vulneraron el derecho a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso, al haber dictado el Auto de Vista 103/2005,  que revocó y declaró procedente la excepción de falta de acción incoada por el imputado, con el argumento que las partes debían agotar la vía de la conciliación y arbitraje, por encontrarse estipulado en los contratos suscritos, apartándose de lo previsto en el art. 124 del CPP que exige debida fundamentación y el art. 398 del CPP que dispone que los tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución. En ese sentido corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar o no la tutela pretendida.