SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2007-R
Fecha: 09-Feb-2007
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 03/2006, de 5 de abril, cursante de fs. 137 a 139 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Edwin Alegría Martínez y Vladimir Lazcano Barrancos Fiscal Adjunto y Fiscal de Materia contra Isidro Orellana Agreda, Silvestre Iñiguez Meneses y María Inés Leytón de la Quintana, ex Vocal, Presidente y Vocal de la Sala Penal Segunda del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, de la garantía del debido proceso y la tutela judicial efectiva, previstos en los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado, (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Para ello, en principio, se debió hacer un examen minucioso de lo expuesto en la cláusula compromisoria de arbitraje, para ver si ésta realmente obligaba a las partes contratantes a recurrir ante un Tribunal Arbitral, antes que acudir a la justicia ordinaria”
- El convenio arbitral importa la renuncia de las partes a iniciar proceso judicial sobre las materias o controversias sometidas al arbitraje
- ´proceso judicial´, está refiriéndose a todo proceso
- son aplicables al caso que se examina
- en materia penal
- III.4.
- concurra la voluntad de las partes
- previamente a esta vía de solución de conflictos;
- REVOCA