SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0280/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0280/2007-R

Fecha: 19-Abr-2007

II.19.

II.19. Por memorial de 12 de mayo de 2006 (fs. 611 a 615 vta.), Claudia Karinna         Acouri Malky interpuso      recurso de apelación que mereció la Resolución          399/2006 de 26 de           septiembre, revocando el fallo del a quo y quedando firme    y subsistente que    los menores Diego Alejandro y Andrea Carolina Asbún        Acouri queden bajo la guarda y tenencia de la madre, con el fundamento de que: 1) El padre de los menores los retuvo, no obstante no existir           disposición judicial que determine esa situación, resistiéndose a cumplir    órdenes judiciales, por cuanto el 13 de          septiembre de 2005, el Juez Quinto de   Partido de Familia dispuso que Claudio        Ignacio Asbún Yacir restituya al hogar   materno a los menores; sin embargo, hasta la fecha no ha cumplido con la        determinación; 2) De las pruebas cursantes en obrados no se demuestra que        a Sra. Acouri someta a malos tratos físicos y psicológicos a los niños,           tampoco se ha evidenciado el pedido de los niños de vivir con su padre y mucho menos que la madre necesite someterse a un tratamiento psicológico, es decir, que  no demostró en forma unívoca la carga de la prueba y que       lo que señala en su demanda sea evidente; 3) De los antecedentes          procesales    se evidencia que Claudio   Ignacio Asbún Yacir ha utilizado una           serie de medios con la finalidad de evadir el cumplimiento de la Sentencia           de divorcio           y la orden del Juez para la restitución de los niños a la guarda de    la madre y si bien es evidente que tiene derecho a pedir la tenencia no      puede retenerlos arbitrariamente (fs. 740 a 741 vta.).