SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.4.
II.4. Por nota presentada el 10 de agosto de 2007, ante el Subprefecto de la provincia Sabaya del departamento de Oruro, el ahora recurrente, solicitó a dicha autoridad que anule el Voto Resolutivo de 23 de mayo de 2007, emitido por el Ayllu Collana contra el Anexo San José de Pacocahua, sin ningún respaldo ni legitimidad al haber sido firmado apenas por un grupo de aproximadamente cincuenta personas, sin proceso previo, cuando el referido Ayllu cuenta con más de mil seiscientos habitantes, así como que se dejen sin efecto las sanciones de infamia y amenaza de destierro establecidas en el mismo, por ser contrarias al art. 17 de la CPEabrg y atentatorias de sus derechos y garantías (fs. 9 a 15), petición reiterada por carta de 27 de agosto de ese año (fs. 8).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- El Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales 107
- El Convenio 169 de la OIT
- La Constitución Política del Estado abrogada
- Fragmento 22
- III.3.2. La Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
- III.3.3.La Constitución Política del Estado vigente y la jurisdicción indígena originaria campesina
- i)
- III.4.2.Respecto a la sanción indefinida que involucra a la familia y descendencia del accionante en el Voto Resolutivo de 23 de mayo de 2007
- APROBAR