SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.5.
II.5. Por Resolución Administrativa Prefectural 137/06 de 9 de mayo de 2006, el Prefecto y Comandante del departamento de Oruro, otorgó nuevo registro de la personalidad jurídica de la OTB denominada “Anexo San José de Pacocahua y sus Estancias” (fs. 17 y 18); mediante Resolución Prefectural 099/2000 de 29 de mayo, la misma autoridad reconoció la personalidad jurídica de la Asociación de Ganaderos “San José de Pococahua (fs. 19); y por certificación 274/2007 de 30 de abril, se evidencia que el Prefecto y Comandante General del Departamento de Oruro expresó que en virtud de la Ley 509 de 26 de diciembre de 1959 y de la documentación cursante en la Subprefectura de la provincia Atahuallpa (hoy Sabaya) de 3 de julio de 1964, que el Anexo San José de Pacocahua y sus Estancias, se encuentran consignadas en la Ley de creación de la provincia Sabaya (fs. 16).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- El Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales 107
- El Convenio 169 de la OIT
- La Constitución Política del Estado abrogada
- Fragmento 22
- III.3.2. La Declaración de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
- III.3.3.La Constitución Política del Estado vigente y la jurisdicción indígena originaria campesina
- i)
- III.4.2.Respecto a la sanción indefinida que involucra a la familia y descendencia del accionante en el Voto Resolutivo de 23 de mayo de 2007
- APROBAR