SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 3
Interponen el presente recurso de amparo constitucional contra Gonzalo Terceros Rojas, Víctor Calderón Cruz, Ariel Rojas, Vivian Cardona de Tomisic, Roberto Requena Urioste, Gonzalo Lema Vargas, Paulina Pinto Gonzáles, Edwin Mallón Avalos, Jhonny Antezana Martínez, Mónica Gamarra Giesse, Tatiana Rojas Fernández y Javier Cremer Torrico, Alcalde y Concejales Municipales, respectivamente, todos de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba, y solicitan se les conceda la tutela peticionada, disponiéndose: a) La plena vigencia del plano aprobado por el municipio mediante Resolución 509/2003 de 6 de octubre; b) La entrega inmediata de las autorizaciones de amurallamiento de los lotes y planos aprobados; y, c) Se proceda a la inscripción catastral de todos los lotes aprobados, así como su inserción en la cartografía.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- a)
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Alcances del derecho de petición
- III.4. El caso de autos
- a) Actuación de los Concejales Municipales
- b) Actuación del Alcalde Municipal
- APROBAR