SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.2.

II.2.  Por memoriales presentados el 5 de septiembre de 2007, Lizzete Saporta Vda. de Antaki  y Beatriz Ramírez Vda. de Antaki, se apersonaron ante el Presidente y Concejales de la Comisión Segunda del Concejo Municipal de Cochabamba, así como también ante el Alcalde Municipal y ante el Sub Alcalde de la comuna de Tunari, haciendo conocer que recabaron toda su documentación técnico legal en mérito a la cual efectuaron ventas de varios lotes de terreno a favor de diferentes personas y no obstante tener en orden todos sus documentos, pero que los funcionarios de la Alcaldía Municipal con una serie de comentarios se niegan a entregarles la orden de amurallamiento que solicitaron, sin que les hubiesen notificado oficialmente con los óbices existentes o la supuesta superposición o desplazamiento que en forma verbal les explicaron, sin que exista un documento técnico que ampare su objeción a un plano aprobado por ellos mismos, negándoles además la inscripción catastral, por lo que solicitaron que dichas autoridades dispongan la entrega de la orden de amurallamiento solicitada (fs. 5 a 8 vta. y 12 a 13 vta.).