Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.5.
II.5. El 18 de septiembre de 2007, Mario Quiroga Saavedra y Lizzete Vda. de Antaki, presentaron memoriales ante el Alcalde Municipal de Cochabamba y ante el Presidente y Concejales de ese municipio, solicitando pronunciamiento respecto a los memoriales presentados el 5 de septiembre de 2007 (fs. 9 y 10).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- a)
- concedió
- I.2.4. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Alcances del derecho de petición
- III.4. El caso de autos
- a) Actuación de los Concejales Municipales
- b) Actuación del Alcalde Municipal
- APROBAR