SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1771/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1771/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

3.-

3.- De lo manifestado en los Fundamentos Jurídicos III.3. y III.4., de la presente Sentencia Constitucional, se estableció la diferencia existente entre el trámite administrativo por incompatibilidades previsto en el Reglamento de Incompatibilidades para Funcionarios del Poder Judicial (Acuerdo 136/2005) y los efectos de haber incurrido en alguna causal; así también, el procedimiento administrativo contra funcionarios judiciales que hubieran incidido en faltas previstas en la Ley del Consejo d la Judicatura, que se encuentra normado por el Acuerdo 329/2006.

Empero de ello, es importante precisar, que ambos se diferencian en cuanto a que el procedimiento administrativo (disciplinario) contra funcionarios judiciales que hubieran incurrido en alguna falta disciplinaria, que están sujetos a una investigación previa, toma de declaración informativa que concluya con un informe acusatorio para la emisión del auto de apertura por un Tribunal sumariante, destinado a comprobar y probar la denuncia o desvirtuarla para concluir con la sentencia y posterior fase de impugnación con el recurso de apelación; es decir, se trata de un procedimiento contradictorio o de conocimiento; a diferencia, del trámite administrativo de incompatibilidad, prohibición o impedimento, de funcionarios del Poder Judicial, que es sumario, se apertura con una denuncia o de oficio, comprobación de la incompatibilidad y establecer o no su existencia, para posteriormente se pronuncie la resolución administrativa, la que puede ser impugnada a través de los recursos de revocatoria y jerárquico.

Realizadas esas precisiones, se concluye que el accionante fue sometido a trámite administrativo por incompatibilidad de funciones, en el cual se comprobó y estableció la existencia de la incompatibilidad, admitiéndose la renuncia tácita según determina el art. 25 del referido Reglamento (renuncia tácita), trámite en el cual hizo uso de todos los medios de impugnación en ejercicio de su derecho a la defensa.