SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1771/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1771/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

4.-

4.- A tiempo que el accionante fue notificado con la nota CJ-GRH-2021/06 de 30 de abril de 2006, se le hizo conocer la existencia de información, acerca que su persona estaría comprendido en la causal de incompatibilidad prevista en el art. 9 del Reglamento de Incompatibilidades del Poder Judicial; cuando presentó sus descargos, mediante nota de 8 de mayo de 2007, no obstante, referirse a los informes INS. EXT-RDCH 003/2007 de 16 del mismo mes, impugnado en la presente acción, y 05/2007 de 23 de abril; y en la etapa recursiva (revocatorio y jerárquico), no, cuestionó ni objetó la falta de notificación con la apertura de la investigación extraordinaria y que la misma no contaba con la autorización escrita del Gerente de Régimen Disciplinario y del Director Nacional de Inspecciones para su realización; ni la ausencia de notificación con el resultado del informe INS. EXT-RDCH 003/2007 de 16 de abril; tampoco alegó que no le tomaran su declaración informativa durante la investigación extraordinaria de verificación, que aduce lo habría colocado en absoluto estado de indefensión, vulnerando el debido proceso, la “seguridad jurídica”, su derecho a la igualdad y demás derechos supuestamente infringidos y de los cuales erróneamente solicita a través de la jurisdicción constitucional se conceda tutela, siendo incoherente el pretender que se lo haga, porque este tribunal no es una instancia más o de casación de otros ámbitos o jurisdicciones, menos de un proceso sumario como en el presente, sujeto al Reglamento de Incompatibilidades para Funcionarios Judiciales, cuyas secuencias se desarrollaron con absoluta normalidad sin la afectación de ningún derecho fundamental.