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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1816/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1816/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

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    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • Fragmento 4
    • 1)
    • i)
    • I.2.3. Intervención del Tercero interesado
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
    • "recurso de
    • "accionante"
    • III.3.Normativa que rige la elección de la Directiva del Concejo Municipal, atribuciones, convocatoria y desarrollo de sesiones
    • III.4. Ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
    • se colige que el accionante constitucional no es la vía idónea para restituir supuestos de hecho descritos en los art. 31 de la CPEabrg y 122 de la CPE, toda vez que existe un mecanismo específico para su resguardo cual es el recurso directo de nulidad,
    • cargo en el que nunca fue elegido, constituyendo este acto nulo de pleno derecho de conformidad al art. 31 de la CPEabrg,
    • por lo que todos los actuados para la conformación del supuesto directorio paralelo del 19 de abril de 2008 son nulos
    • REVOCAR

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