SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1976/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1976/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.1.

II.1.  El 14 de mayo de 2007, el médico cardiólogo del Hospital Militar de Cochabamba, dependiente de COSSMIL, emitió informe médico estableciendo que el recurrente, con matrícula de asegurado 64-0624-FME, historia clínica 17793, de cuarenta y tres años de edad -en ese entonces-, tenía antecedentes de cardiopatía reumática, habiendo sido sometido a cambio valvular por prótesis mecánica en posición aórtica y mitral; recomendándole controles periódicos de laboratorio y médico especializado, recibiendo tratamientos con anticoagulantes orales (warfarina), digoxina y penicilina benzatínica; teniendo un grado de invalidez de 85% (fs. 41; 87). Por informe de 18 de septiembre de ese año, se acredita la misma situación, con el agregado de señalar que la vida media de las prótesis aórticas y mitral es de ocho años, habiendo el recurrente sobrepasado la expectativa, pudiendo disfuncionar en cualquier momento, por lo que correspondería un recambio valvular (fs. 35); existiendo diversos informes en actuados, en similar sentido.