SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1976/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1976/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.5.

II.5.  Por acta de revisión de dictamen de 26 de febrero de 2008, la Unidad Médica Calificadora de la SPVS, estableció que revisados los antecedentes clínicos que cursaban en obrados y el proceso de calificación efectuado por la entidad encargada de calificar, correspondía ratificar el dictamen 3760/2007 (fs. 13); pronunciando el dictamen 029/2008 de la misma fecha, señalando que no era necesario recalificar, determinando que el recurrente tenía por ende, un 61% de pérdida de la capacidad laboral de origen común por enfermedad (fs. 7 a 12). Fijando el formulario correspondiente a dicho dictamen, como fecha de invalidez, el 28 de junio de 2001, sustentada en el informe de la Junta Médica 12/01, emitido por el Gabinete Médico Aeronáutico de la FAB (fs. 14 a 15).