SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1976/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1976/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.4.

II.4.  Mediante nota presentada el 15 de noviembre de 2007, el recurrente solicitó la revisión de la fecha de invalidez establecida, al haberse basado en el informe 12/01, del Gabinete Aeronáutico de la FAB, y no en el informe del ente gestor de salud COSSMIL, alegando de igual forma, que al ser la evolución de su enfermedad siempre en deterioro progresivo, llegando inclusive a disfuncionar las prótesis en cualquier momento, no se podía determinar con exactitud la fecha de invalidez (fs. 27); por Auto de 28 del citado mes y año, la SPVS, admitió la solicitud de revisión del dictamen 3760/2007, dentro del trámite de prestación por invalidez, indicando que se procedería a revisar el formulario de fecha de invalidez en sujeción al art. 6 del DS 29138 (fs. 29). Por acta de 20 de diciembre de 2007, la Unidad Médica Calificadora de la SPVS, previamente a la revisión del caso, requirió el envío de ecografía “Doppler” actual, con el informe correspondiente (fs. 45).