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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2224/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2224/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.6.

    II.6.  La recurrente, mediante nota presentada el 16 de junio de 2008, ante el Secretario General del Sindicato, solicitó el cumplimiento de la Resolución de 7 de marzo de 2008; es decir, el Auto de complementación y enmienda pronunciado por el Tribunal de Honor de la Federación (fs. 26), reiterando la misma mediante nota presentada ante las mismas autoridades el 20 de junio de 2008 (fs. 27).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • h)
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • i)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
    • III.4. Sobre la legitimación pasiva
    • La capacidad procesal de las partes
    • III.5. Análisis del caso concreto con relación a la legitimación pasiva
    • III.6. Sobre la apelación de las decisiones asumidas por el Tribunal de Honor Sindical y el Tribunal de Honor de segunda instancia y el caso concreto
    • POR TANTO
    • 3°

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