Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2611/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
Con esos antecedentes el recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra Adolfo Gandarilla Suárez, Juana Molina Paz de Paz, Hernán Cortés Castillo, Vocales de la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; solicitando se conceda el recurso, dejando sin efecto el Auto de Vista de 6 de octubre de 2008 y ordenando al inferior la apertura de la prueba incidental según el art. 152 del CPC, y por ende, sin lugar a que se confirme la Sentencia de 3 de septiembre de 2001.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- Calixto Jaime Jurado Justiniano, en representación del Banco Económico S.A.,
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- III.2. Sobre los derechos invocados
- el derecho a la defensa
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso de autos
- no se puede alegar indefensión,
- derecho a la propiedad
- POR TANTO
- 2º Se llama la atención al Tribunal de garantías por la demora en la tramitación de la presente acción tutelar