SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2611/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2611/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.2.

II.2. El 12 de noviembre de 2002, el representante del Banco Económico S.A., adjuntando las certificaciones expedidas por la Alcaldía Municipal, las certificaciones de DD.RR. con la indicación de los gravámenes e hipotecas que tienen los inmuebles dados en garantía y el avaluó de los mismos, pidió se notifique a la actual propietaria Teresa Lara Cuellar de Méndez para que tenga conocimiento de las medidas previas al remate, al haber adquirido los mismos con hipotecas (fs. 16 y vta.), quien por memorial de 2 de octubre de 2004, se apersonó planteando nulidad de obrados por falta de citación con la demanda (fs. 18 a 21 vta.), incidente que una vez corrido en traslado fue contestado el 18 de noviembre de 2002 (fs. 23 a 24 vta.).