Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2639/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
a)
a) El 26 de abril de 2007, en representación de la Superintendencia Agraria del SIRENARE, su representada interpuso demanda contenciosa administrativa ante el Tribunal Agrario Nacional contra la Resolución Final de Saneamiento “ilegal” (sic), RAP SS 136/05 de 12 de julio 2005, dictada por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), dentro del proceso de saneamiento, ejecutado sobre la propiedad denominada “Arizona”, que concluyó con la adjudicación del referido predio a Luis Lima Pereira, cuando en realidad estas tierras debieron ser declaradas fiscales por incumplimiento de la función económica social.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- Fragmento 9
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- concede en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.
- III.4. Sobre la tramitación de la recusación
- Si el recusado no se allanare, remitirá antecedentes de la recusación ante quien conocerá de ella en el plazo máximo de tres días, con informe explicativo de las razones por las que no acepta la recusación, acompañando o proponiendo en su caso la prueba de la que intentare valerse
- III.5. Sobre la recusación planteada contra la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional
- III.5.1.
- concedido en parte
- 1° APROBAR