SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2010-R

Fecha: 17-May-2010

f)

f)  En virtud al principio de subsidiariedad, el recurso debe ser declarado improcedente  porque no se han agotado las vías pertinentes que la ley franquea. De darse la razón a la recurrente se sentaría un precedente negativo en la línea jurisprudencial, al convertir al amparo constitucional en una instancia más dentro de la etapa e inicio preliminar de la investigación.