SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.8.
II.8. Por Auto de 21 de agosto de 2006, el Juez de Instrucción cautelar de Riberalta, ordenó se expida mandamiento de "allanamiento y secuestro para la recaptura a las niñas K.S.M.T. y E.V.M.T., y de los domicilios ubicados en la urbanización Campo Verde Calle 2 (lado derecho sexta casa) de propiedad presumiblemente de Mary Luz Téllez Herrera o local cualesquier establecimiento educativo de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra siempre y cuando no exista consentimiento del encargado de dicho establecimiento educativo, y el SECUESTRO PARA LA RECAPTURA DE LAS MENCIONADAS NIÑAS Y APREHENSIÓN Y REQUISA de las personas, objeto o sustancias controladas (sic) (…)" (fs.37 y vta.). Mandamiento que se libró el 23 de agosto de 2006 (fs. 38).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- i)
- ii)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. La subsidiariedad del amparo constitucional y la tutela provisional
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- de inmediatez
- idóneos o eficaces
- no hubiere otro medio o recurso legal
- 1.
- protección integral
- 2.
- 3.
- 4.
- emitir un juicio propio, tiene derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que lo afecten, por los medios que elija y a que se tome en cuenta sus opiniones
- guarda
- asistencia integral a un niño, niña o adolescente
- tiene carácter provisional
- III.5. Sobre los límites en la persecución penal y las garantías jurisdiccionales
- pero sin que ello signifique que la coerción penal del Estado derive en un hecho puro de fuerza,
- Fragmento 43
- III.6. El caso analizado
- personas
- carácter provisional
- APROBAR