Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.12.
II.12. El Auto Supremo 158 de 19 de agosto de 2006, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, declaro infundado el recurso de casación interpuesto por Industrias La Bélgica S.A. y casa parcialmente el Auto de Vista de 11 de abril de 2005, únicamente en cuanto a la parte que confirma las excepciones de oscuridad y prescripción. (fs. 318 a 319 vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- deniega
- b)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. En cuanto al debido proceso
- III.4. El principio de ultractividad con respecto a la inaplicabilidad de normas derogadas
- III.5. Con relación a la labor interpretativa y el carácter tutelar
- APROBAR