SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2010-R

Fecha: 31-May-2010

II.4

II.4.  Mediante Auto de 10 de julio de 2004, el Juez de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improbada la excepción de prescripción planteada por Fabián Henrry Mendieta Alanis, fundamentando su Resolución en los términos siguientes: 1) Que el suscrito Juez es competente para la tramitación de la causa, 2) El art. 126 de la LBEF, señala que no se dará curso a acciones judiciales o administrativas que se entablen con posterioridad, no decretaran  embargos o medidas precautorias por obligaciones contraídas con anterioridad a la resolución de liquidación y mientras tal situación se mantenga en vigor; que no fue probada la excepción de oscuridad e imprecisión; que, el art. 552 del CCl, nos enseña que "La  acción de nulidad es imprescriptible" (fs. 191 y vta.).