SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

Fragmento 25

Ahora respecto a la "recaptura" denunciada por el accionante, se debe señalar que conforme a los antecedentes del caso, una vez aprehendido el accionante en flagrancia del hecho, fue conducido al módulo policial antes citado, de barrio de Puerto Alto y al momento de su traslado a una de las celdas se dio a la fuga, para luego de tres días, en momentos en que se protagonizaba un escándalo callejero, ser aprehendido nuevamente.