SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2010-R

Fecha: 02-Ago-2010

II.3.

II.3. El 25 del citado mes y año, la Fiscal recurrida dispuso se reciba la declaración informativa del recurrente, se requiera su evaluación médica y se lo ponga a disposición del Juez cautelar que corresponda  (fs. 4 vta.); en la misma fecha, la Fiscal recurrida presentó imputación formal contra el recurrente, solicitando además la aplicación de medida cautelar de detención preventiva (fs. 11 a 12 vta.).