SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

I.1.1. Hechos que lo motivan

El 18 de junio de 2003, Selva Arriaza Suárez, invocando ser representante de Pablo Natusch Arriaza, presentó demanda ejecutiva en su contra, que se radicó en el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, llegando a dictar Sentencia declarando probada la demanda ejecutiva luego de una “tramitación completamente irregular del procedimiento”(sic), que mereció la anulación de obrados hasta el Auto de intimación de pago, en virtud al Auto de Vista pronunciado por el Tribunal de alzada.

El 24 de abril de 2005, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, se allanó a la recusación planteada y remitió antecedentes al Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito Judicial, Lucidio García Morón, que el 21 de enero de 2006, pronunció Sentencia declarando probada la demanda e improbadas las excepciones formuladas, incurriendo en la omisión de considerar y valorar en sentencia la certificación notarial de 5 de ese mes y año, por la que se declara que el instrumento de poder con el que se ratificó la demanda ejecutiva es apócrifo.