SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.6.
II.6. Selva Arriaza Suárez, mediante memorial presentado el 13 de enero de 2006, solicita se pronuncie sentencia (fs. 124 y vta.), que se dicta el 21 de ese mes y año, por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, declarando probada la demanda ejecutiva e improbadas las excepciones, ordenando la subasta y el remate de los bienes embargados o por embargarse en ejecución de sentencia, para hacer efectivo el cobro de los $us30 000.- (fs. 125 a 129); fallo que es notificado a la recurrente en su domicilio procesal, el 2 de febrero de ese año, quien posteriormente solicita aclaración, complementación y enmienda, el 3 de febrero de 2006 (fs. 133 y vta.); requerimiento que es respondido mediante proveído de 4 del mismo mes y año, declarando “no existe que complementa o aclarar” (sic) (fs. 133 vta.), notificado a la ejecutada el 16 de marzo de ese año (fs. 134).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- a)
- b)
- c)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.3.1.
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- III.4. Proceso ordinario posterior al ejecutivo
- Fragmento 31
- III.5.1. Sobre la actuación del Juez de instancia
- III.5.2. Sobre la actuación del Tribunal de alzada
- III.5.2.1. Actos libremente consentidos
- Fragmento 35
- concedido
- REVOCAR