SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0830/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.4.

II.4.  El 23 de abril de 2005, la ejecutada, hoy recurrente, excepciona por falta de personería en el apoderado y en el mismo ejecutante, por inexistencia de demandante (fs. 88 a 90 vta.) que a pesar de estar dirigido al Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, al allanarse éste a la recusación planteada por la ejecutada, recién empieza a sustanciarse por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, mediante Auto de 8 de agosto de 2005 (fs. 111); último quien además abre el término probatorio de diez días (fs. 115 vta.), en virtud del cual, la excepcionante ofrece prueba el 12 de diciembre de ese año (fs. 119 a 120), adjuntando la certificación de 5 de enero de 2006, suscrita por la Notaria de Fe Pública 33, en la que acredita que el instrumento de poder 552/2003 de 26 de septiembre, corresponde al conferido por la empresa constructora Incico Ltda. y no así a la ejecutante en la acción ejecutiva, Selva Arriaza Suárez (fs. 122).